Solicitud de administración judicial de empresa

Solicitud de administración judicial de empresa.

Dª/D. ___________ , Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D. _____________ , mayor de edad, de profesión _________ con domicilio en ___________, calle núm. ____ puerta ___, según tengo acreditado en autos _____, comparezco ante el Juzgado y como mejor proceda en Derecho D I G O:

Que por la presente, y siguiendo las expresas instrucciones de mi representado, formula solicitud de embargo de participaciones del deudor en sociedad de responsabilidad limitada y subsiguiente administración judicial. Y ello sobre la base de los siguientes

H E C H O S

Primero.- Que en fecha ____ se despachó por ese Juzgado ejecución sobre los bienes del deudor _____ .

Segundo.- Que con posterioridad al despacho de dicha ejecución ha venido a conocimiento de esta parte la existencia de los siguientes del deudor en la sociedad de responsabilidad limitada denominada _______ :

(se describirán, indicando su número y valor)

Tercero.- Que el valor total de participaciones asciende a la suma de ____ euros, siendo el domicilio social de dicha entidad el de ______ .

Cuarto.- Que según se desprende el Registro Mercantil de _____ , el deudor ostenta la condición de accionista mayoritario en proporción de ____ .

Como fundamento de los anteriores hechos se adjuntan al presente escrito los siguientes DOCUMENTOS ______ .

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Que establece el artículo 623, 3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que si se embargaren participaciones en sociedades civiles, colectivas, comanditarias, en sociedades de responsabilidad limitada o acciones que no cotizan en mercados secundarios oficiales, se notificará el embargo a los administradores de la sociedad, que deberán poner en conocimiento del tribunal la existencia de pactos de limitación a la libre transmisión de acciones o cualquier otra cláusula estatutaria o contractual que afecte a las acciones embargadas.

Segundo.- Que establece el artículo 631 de la ley procesal que para constituir la administración judicial, se citará de comparecencia ante el Letrado de la Administración de Justicia encargado de la ejecución a las partes y, en su caso, a los administradores de las sociedades, cuando éstas no sean la parte ejecutada, así como a los socios o partícipes cuyas acciones o participaciones no se hayan embargado, a fin de que lleguen a un acuerdo o efectúen las alegaciones y prueba oportunas sobre el nombramiento de administrador, persona que deba desempeñar tal cargo, exigencia o no de caución, forma de actuación, mantenimiento o no de la administración preexistente, rendición de cuentas y retribución procedente.

A los interesados que no comparezcan injustificadamente se les tendrá por conformes con lo acordado por los comparecientes.

Si existe acuerdo, el Letrado de la Administración de Justicia establecerá por medio de decreto los términos de la administración judicial en consonancia con el acuerdo. Para la resolución de los extremos en que no exista acuerdo o medie oposición de alguna de las partes, si pretendieren practicar prueba, se les convocará a comparecencia ante el Tribunal que dictó la orden general de ejecución, que resolverá, mediante auto, lo que estime procedente sobre la administración judicial. Si no se pretendiese la práctica de prueba, se pasarán las actuaciones al Tribunal para que directamente resuelva lo procedente.

Si se acuerda la administración judicial de una empresa o grupo de ellas, el Letrado de la Administración de Justicia deberá nombrar un interventor designado por el titular o titulares de la empresa o empresas embargadas y si sólo se embargare la mayoría del capital social o la mayoría de los bienes o derechos pertenecientes a una empresa o adscritos a su explotación, se nombrarán dos interventores, designados, uno por los afectados mayoritarios, y otro, por los minoritarios.

El nombramiento de administrador judicial será inscrito, cuando proceda, en el Registro Mercantil. También se anotará la administración judicial en el Registro de la Propiedad cuando afectare a bienes inmuebles.

En su virtud,

SUPLICO AL JUZGADO: Que teniendo por presentado este escrito junto con sus documentos y copias de todo ello, se acuerde el embargo de los siguientes participaciones del deudor ______, en la sociedad de responsabilidad limitada denominada _____ y con domicilio en _______ a cuyo fin deberá notificarse por el Juzgado dicho embargo a los administradores la entidad _____ que deberán poner en conocimiento del tribunal la existencia de pactos de limitación a la libre transmisión de acciones o cualquier otra cláusula estatutaria o contractual que afecte a las acciones embargadas.

OTROSÍ DIGO: Que previos los trámites legales indicados en el artículo 631 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se proceda a decretar la administración judicial de la empresa _____ de cuyo capital social es accionista mayoritario el deudor _____ , nombrando los correspondientes interventores y acordando la inscripción del nombramiento de administrador judicial en el Registro Mercantil de _____ .

Es de justicia que pido en ___ , a ___ , de ___ , de ___ .

Firma de Letrado                                   Firma de Procurador

© José Antonio Mora Alarcón