Demanda reclamando la nulidad de cláusula abusiva en caso de subrogación en el préstamo hipotecario
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE…
D./Dª.…………………, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D./Dª. ………………………………, mayor de edad, de profesión ………………… con domicilio en ……………………, calle núm. puerta …… (se puede hacer constar Tel/Fax y e-mail, a efectos de notificaciones), según acredito mediante copia de escritura pública que solicito, una vez testimoniada en autos, me sea devuelta por precisarla para otros usos, comparezco ante el Juzgado y como mejor proceda en Derecho, bajo la dirección técnica del Letrado D./Dª ………………, con despacho profesional en ………………… y DIGO:
Que por la presente, y siguiendo las expresas instrucciones de mi representado/a formula demanda de JUICIO ORDINARIO contra la entidad (Banco, Caja de Ahorros) con domicilio en ………………, la calle ……, número ……, puerta ……, en reclamación de la nulidad de cláusula abusiva de préstamo hipotecario por subrogación en el mismo, y ello sobre la base de los siguientes
HECHOS
Primero.- Que mi representado suscribió en fecha _____ compraventa de inmueble de nueva construcción con la entidad promotora _______ subrogándose en el préstamo hipotecario que dicha empresa tenía con la entidad ________ que se formalizó en escritura pública ante el Notario _______ en fecha _______ .
Segundo.- Que en dicha escritura notarial se contenía la siguiente cláusula abusiva _______ (cláusula suelo o cualquier otra), que no contenía los requisitos de transparencia, negociabilidad e incorporación.
Tercero.- Habida cuenta de la abusividad de la citada cláusula esta parte reclama la declaración de nulidad de la misma y el pago por la citada entidad de ______ euros que ha abonado hasta el día de hoy en virtud de la misma, sin perjuicio de la ampliación a los nuevos pagos que se vayan efectuando hasta el dictado de sentencia.
Como fundamento de los anteriores hechos se adjuntan a la presente solicitud los siguientes DOCUMENTOS:
a) Con relación al primer hecho, se adjunta como DOCUMENTO UNO ……….
b) En relación al segundo hecho, se adjuntan a la presente demanda los siguientes documentos ………….
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Las partes están capacitadas para entablar la presente relación jurídico-procesal, conforme a los artículos 6 y siguientes de la LEC.
La representación del actor y la postulación a la presente demanda es la procedente conforme al artículo 23 y siguientes de la LEC.
En cuanto a la competencia del Juzgado al que me dirijo, el artículo 45 y 52 de la LEC.
Respecto al procedimiento a seguir corresponde al Juicio Ordinario por así disponerlo el artículo 249, 1.1ª de la citada LEC, al ser la cuantía reclamada superior a los 15.000 euros.
Segundo.- Que de conformidad con el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios:
1. Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.
2. El hecho de que ciertos elementos de una cláusula o que una cláusula aislada se hayan negociado individualmente no excluirá la aplicación de las normas sobre cláusulas abusivas al resto del contrato.
El empresario que afirme que una determinada cláusula ha sido negociada individualmente, asumirá la carga de la prueba.
3. El carácter abusivo de una cláusula se apreciará teniendo en cuenta la naturaleza de los bienes o servicios objeto del contrato y considerando todas las circunstancias concurrentes en el momento de su celebración, así como todas las demás cláusulas del contrato o de otro del que éste dependa.
4. No obstante lo previsto en los apartados precedentes, en todo caso son abusivas las cláusulas que, conforme a lo dispuesto en los artículos 85 a 90, ambos inclusive:
a) vinculen el contrato a la voluntad del empresario,
b) limiten los derechos del consumidor y usuario,
c) determinen la falta de reciprocidad en el contrato,
d) impongan al consumidor y usuario garantías desproporcionadas o le impongan indebidamente la carga de la prueba,
e) resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato, o
f) contravengan las reglas sobre competencia y derecho aplicable.
Para el artículo 83 de la misma Ley, las cláusulas abusivas serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas. A estos efectos, el Juez, previa audiencia de las partes, declarará la nulidad de las cláusulas abusivas incluidas en el contrato, el cual, no obstante, seguirá siendo obligatorio para las partes en los mismos términos, siempre que pueda subsistir sin dichas cláusulas.
Las condiciones incorporadas de modo no transparente en los contratos en perjuicio de los consumidores serán nulas de pleno derecho.
Tercero.- Que de conformidad con la sentencia de Tribunal de Justicia de la Unión Europea STJUE de 11 de marzo de 2020 (asunto C-511/17) antes de lanzar ejecución, el tribunal está obligado a comprobar de oficio la inexistencia de cualquier cláusula que pueda considerarse abusiva, conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, exámen del título de ejecución hipotecaria, sobre el que se establece las siguientes pautas:
(i) El examen de oficio «debe respetar los límites del objeto del litigio, entendido como el resultado que una parte persigue con sus pretensiones, tal como hayan sido formuladas y a la luz de los motivos invocados en apoyo de las mismas» (apartado 28).
(ii) La protección que supone el control de oficio «no puede llegar hasta el punto de que se ignoren o sobrepasen los límites del objeto del litigio tal como las partes lo hayan definido en sus pretensiones, interpretadas a la luz de los motivos que hayan invocado, de modo que el juez nacional no está obligado a ampliar el litigio más allá de las pretensiones formuladas y de los motivos invocados ante él, analizando de manera individual, con el fin de verificar su carácter eventualmente abusivo, todas las demás cláusulas de un contrato en el que solo algunas de ellas son objeto de la demanda de que conoce» (apartado 30).
(iii) En otro caso, se vulnerarían el principio dispositivo y el principio de congruencia (apartado 31).
Siguiendo dichas pautas, es evidente la existencia de la siguiente cláusula abusiva ____ que impide la ejecución hipotecaria, dada la retroactividad plena de la nulidad de las cláusulas abusivas, que produce efectos ex tunc (STJUE de 21 de diciembre de 2016 en relación con la cláusula suelo), y en su virtud la entidad ______ está en deber con mi mandante la suma de ______ que expresamente se reclama.
Cuarto.- Que de conformidad de las STS 533/2020 y 196/2021, entre muchas otras, las entidades financieras no se encuentran liberadas del debe precontractual de informar en los casos de subrogación en préstamos hipotecarios (información con antelación, entrega previa de oferta vinculante, etc.).
El deber de transparencia comporta que el consumidor disponga “antes de la celebración del contrato” de información comprensible acerca de las condiciones contratadas y las consecuencias de dichas cláusulas en la ejecución del contrato celebrado.
Respecto a las condiciones generales que versen sobre elementos esenciales del contrato se exige una información suficiente que pueda permitir al consumidor adoptar su decisión de contratar con pleno conocimiento de la carga económica y jurídica que le supondrá concertar el contrato.
Quinto.- Que las costas del procedimiento deben interponerse a la parte actora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En su virtud,
SUPLICO AL JUZGADO: Que con admisión del presente escrito, sus copias y documentos y traslado a la parte contraria, se me tenga por personado en este procedimiento y tras los trámites legales, se declare la nulidad de la cláusula ____ contenida en el contrato de préstamo hipotecario suscrito por esta parte con la entidad ______ el pasado día ______ ante el Notario _____ y en su virtud se abone al actor/a la suma de ______ euros que es en deberle con ampliación a los pagos indebidos que se vayan efectuando hasta el dictado de sentencia definitiva, con los intereses legales a que haya lugar desde la interposición de la presente demanda; todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la entidad demandada.
Es de justicia que pido en ……, a ……, de ……, de …….
Firma y número del Letrado Firma del Procurador
© José Antonio Mora Alarcón