Escrito de querella ante la Fiscalía Europea

Escrito de querella ante la Fiscalía Europea

 

D./Dª _______________ Procurador de los Tribunales y de D. ___________ , cuya representación acredito con el poder especial[1] que en debida forma acompaño (en el caso de ser designado de oficio se expresará así, o debiendo consignarse lo relativo a la anterior representación) como mejor proceda comparezco ante el Juzgado y DIGO:

Que mediante el presente escrito interpongo querella contra ______ vecino/a de _____ con domicilio en la calle _________ cuyas demás circunstancias se ignoran, por delito de ________ (o, en su caso, delitos) de que fue víctima mi representado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica 9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea, y basándome en los siguientes:

HECHOS

Primero.- ____________ .

Segundo.- ____________ (se irán consignando en párrafos numerados).

Los anteriores hechos constituyen un delito (o delitos) de ________ tipificado en el artículo _________ del Código Penal, del que resulta competente para su investigación la Fiscalía Europea con arreglo al artº 4 de la citada Ley Orgánica, toda vez que los hechos que lo motivan tuvieron lugar dentro del territorio de la Unión Europea.

Para la debida comprobación de los hechos que quedan consignados, interesa a esta parte del Juzgado que se practiquen las siguientes diligencias:

Primero.- _________ .

Segundo.- _________ (se irán consignando las diligencias de que intente valerse la parte querellante para la imputación del querellado de los hechos objeto de la persecución criminal).

En atención a todo lo expuesto, ejercitando en nombre de mi representado la acción penal que al mismo corresponde, formula la presente querella contra D. __________ cuyas demás circunstancias constan en lo arriba escrito, y en su virtud, a la FISCALÍA EUROPEA SUPLICO:

Que teniendo por presentado escrito con las copias y poder especial que se acompaña, se sirva admitir a trámite la presente querella y acordar en su vista que se practiquen las diligencias interesadas (decretando, si procede, la detención y prisión, en su caso, del querellado/a por los trámites previstos en los artículos 77, 81 y 85 de la Ley Orgánica 9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea, y 503 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), disponiendo además, desde que existan indicios racionales de criminalidad, que preste fianza en la cantidad de ___________ euros para asegurar el cumplimiento de las responsabilidades pecuniarias por los hechos, y en caso de no hacerlo en el término de una audiencia desde el requerimiento, se proceda al embargo de sus bienes suficientes a tal fin, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 52 y 53 de la Ley Orgánica 9/2021, de 1 de julio, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea, debiendo comunicarme las resoluciones la Fiscalía que se decreten en la causa y teniéndome por personado en la misma, entiendan conmigo las ulteriores diligencias.

Es de justicia que pido en ________ a ______ de _______ dos mil _______ .

Firmas.

[1]    Cabe recordar que el Procurador debe presentar poder especial para la querella que se interpone, no bastando el denominado poder general para pleitos. Si el Procurador no tuviere poder especial, firmá también el escrito el querellante o alguna otra persona a su ruego, si no supiere o no pudiere firmar, en cuyo caso deberá ratificarse en su contenido, reconociendo además la firma si estuviere firmada por el querellante.

   Igualmente, en el caso arriba expuesto, el querellante, como víctima del delito, esta exento, de acuerdo con el artículo 281 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de prestar la debida fianza, por lo que de tratarse de pesona no exenta, este extremo será esencial para que admita a trámite la querella.

 

© José Antonio Mora Alarcón