Escrito de alegaciones por sanción de tráfico infringiendo el principio non bis in idem.
AL AYUNTAMIENTO (O LA JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO) DE _________
Dª/D. ______________ , con D.N.I. ________ y domicilio en __________ a efectos de notificaciones, como mejor proceda en Derecho comparezco ante ese Ayuntamiento (o Jefatura Provincial de Tráfico) – dentro del plazo legal de veinte días establecido en el artículo 93.1 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial – y DIGO:
Que el pasado día ____ recibí en mi domicilio notificación de una propuesta de sanción de tráfico (y, en su caso, retirada del crédito de _____ puntos) impuesta por ese organismo sobre la base de que el día ____ a las _____ horas circulaba con mi vehículo ____ por la vía ____ habiendo cometido una infracción grave por conducción negligente.
Que no estando conforme con dicha sanción es por lo que con el presente escrito interpongo dentro de plazo legal las oportunas alegaciones, solicitando expresamente el archivo del expediente sancionador en virtud de los siguientes
H E C H O S
Único.- Que tal y como se acredita de la documental aportada al presente escrito en fecha _____ por el Juzgado de lo Penal nº ____ fui condenado por los mismos hechos que se consignan en el Boletín de denuncia..
En virtud de lo anterior, esta parte solicita expresamente que por la autoridad instructora se aporten y se practiquen en el expediente las siguientes
P R U E B A S
Único.- Que tengan por adjuntados al presente expediente sancionador los siguientes documentos que ahora se adjuntan _______ acreditativos de la condena penal sufrida en su día por los mismos hechos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Que la jurisprudencia constitucional ha equiparado el expediente administrativo sancionador con las mismas garantías que todo proceso penal, estando vedada toda indefensión de esta parte de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Constitución Española.
Segundo.- Que establece el artículo Que establece el artículo 76 m) del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre es falta grave: «m) Conducción negligente». Pero como ya se indicó por estos hechos ya había sido condenado anteriormente, por lo que concurre el principio penal de «non bis in idem».
Tercero.- El artículo 31.1 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público reconoce el principio de non bis in idem, al disponer que:
«No podrán sancionarse los hechos que lo hayan sido penal o administrativamente, en los casos en que se aprecie identidad del sujeto, hecho y fundamento».
La sentencia del Tribunal Supremo de 9 de junio de 1999, siguiendo la tesis del Tribunal Constitucional núm. 154/1990 de 15 de octubre considera que «la prohibición incardinada en el principio “non bis in idem”, referido a la interdicción de la doble sanción del responsable de una infracción penal y administrativa o de la misma naturaleza a resultas de una conducta determinada, se incardina en el art. 25 CE y se construye por la doctrina del TC a partir de la sentencia 2/1981 habiéndose establecido un cuerpo de doctrina consolidado que prohíbe la duplicidad de sanciones (o multiplicidad) respecto de unos mismos hechos respecto de los que concurre la identidad de sujeto, hechos o fundamentos de esta naturaleza, objeto o causa material que hace referencia al bien jurídico protegido con la norma sancionadora y acción punitiva, sea en los ámbitos penal y en el ámbito administrativo, sea en uno solo de ellos y en un mismo procedimiento, implicando además de prohibir una doble sanción, que si no existe justificación legal suficiente no se infrinja el principio de proporcionalidad en la determinación de la sanción o sanciones aplicables, aspecto este que requiere en este orden de cosas un examen propio» (Sentencia del Tribunal Constitucional de 27 de noviembre de 1.985, Sentencia del Tribunal Constitucional, Sala Primera, 177/1999, de 11 octubre de 1.999).
VISTOS los artículos citados y demás de aplicación
AL AYUNTAMIENTO (O JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO) DE ____ SUPLICO:
Que a la vista de las alegaciones expresadas en el cuerpo del presente escrito, y, una vez practicadas las pruebas propuestas, se proceda al archivo del presente expediente sancionador.
Es de justicia que solicito en _____ a ___________
© José Antonio Mora Alarcón